Vapeo y tabaco en el trabajo: qué dice la ley en México 2026 y qué debe hacer tu empresa
Desde el 16 de enero de 2026 vender vapeadores en México es ilegal. Desde entonces, RH y dirección se preguntan: ¿puedo prohibir que mis colaboradores vapeen en la oficina?, ¿puedo despedir a alguien por hacerlo?, ¿qué debe registrar el examen médico? Casi todo lo publicado habla de la prohibición en general y casi nada del día a día en una empresa. Esta guía reúne lo que dice la ley y lo que te toca hacer, paso por paso.
En resumen
- La reforma a la Ley General de Salud (DOF, 15 de enero de 2026) prohíbe fabricar, importar, distribuir y vender vapeadores. La posesión y el consumo personal, sin fines comerciales, no se sancionan.
- Aun así, vapear y fumar están prohibidos en los lugares de trabajo: la Ley General para el Control del Tabaco los define como espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones.
- La responsabilidad de hacer respetar esa regla recae en la empresa, y las multas pueden llegar a miles de veces el salario mínimo (hoy calculadas en UMA).
- Fumar o vapear no es motivo para rechazar a un candidato. Lo que sí debes hacer es que el examen médico lo registre para evaluar la aptitud según el puesto.
Contenido
- Qué cambió en 2026 con los vapeadores
- ¿Se puede fumar o vapear en el trabajo?
- Obligaciones de la empresa y multas
- Lo que la empresa no puede hacer
- Por qué importa según el puesto
- Qué registrar en los exámenes médicos
- Checklist para RH
- Preguntas frecuentes
1. Qué cambió en 2026 con los vapeadores
El proceso tuvo dos pasos. Primero, en enero de 2025 se reformó la Constitución para prohibir los vapeadores. Después, el 15 de enero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley General de Salud que aterriza esa prohibición. Entró en vigor al día siguiente.
La reforma prohíbe la adquisición con fines de venta, la producción, la importación, la exportación, el almacenamiento, la distribución y la venta de:
- Cigarros electrónicos y vapeadores, con o sin nicotina, desechables o recargables.
- Sus accesorios, cartuchos, líquidos y sustancias.
- Su publicidad y promoción, también en medios digitales.
El punto que más confusión genera es que la posesión y el consumo sin fines comerciales quedan exceptuados. Es decir, un colaborador que vapea no comete un delito por hacerlo. Las penas de prisión y las multas elevadas están dirigidas a quien comercializa (El Imparcial reporta de uno a ocho años de cárcel).
Que vapear no sea delito no significa que se pueda hacer en cualquier lugar. Ahí entra otra ley que muchas empresas pasan por alto.
2. ¿Se puede fumar o vapear en el trabajo?
No dentro del centro de trabajo. La Ley General para el Control del Tabaco (artículo 6) define como espacio 100% libre de humo de tabaco y emisiones a "todo lugar de trabajo". El artículo 26 prohíbe consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco en esos espacios. La palabra "emisiones" es importante: desde la reforma de 2022 la regla también cubre el aerosol de los cigarros electrónicos, y así lo confirmó el Reglamento vigente desde enero de 2023 (Expansión resume dónde aplica).
La única alternativa legal es una zona exclusiva para fumar, y debe cumplir estas condiciones:
- Estar al aire libre (artículo 27). Un cuarto cerrado con extractor ya no cumple.
- Estar separada de las áreas libres de humo y lejos de accesos y tomas de aire.
- No ser un paso obligado para otras personas.
- No ofrecer alimentos, bebidas ni actividades de recreación.
| Situación | Cigarro de tabaco | Vapeador / cigarro electrónico |
|---|---|---|
| ¿Es legal comprarlo en México? | Sí, a mayores de edad | No, su venta está prohibida desde el 16/01/2026 |
| ¿Es delito usarlo? | No | No (consumo personal exceptuado) |
| ¿Se puede usar en oficinas, planta o bodega? | No | No |
| ¿Se puede usar en la zona exclusiva al aire libre? | Sí | Sí, si tu reglamento interior lo permite |
| ¿Se registra en el examen médico? | Sí (índice tabáquico) | Sí (frecuencia, tiempo de uso y si hay uso dual) |
3. Obligaciones de la empresa y multas
La ley pone la responsabilidad en la empresa. Según el artículo 28 de la LGCT, el propietario, administrador o responsable del espacio "estará obligado a hacer respetar los ambientes libres de humo". En la práctica, esto implica:
- Señalización visible de espacio libre de humo, con el número telefónico para denuncias (artículo 29).
- Reglas por escrito en el reglamento interior de trabajo que prohíban fumar y vapear, e indiquen dónde está la zona permitida si existe.
- Retirar ceniceros y cualquier elemento que invite a fumar en interiores.
- Actuar ante incumplimientos: pedir que se apague y, si se repite, aplicar las medidas de tu reglamento.
Multas. Según el artículo 48 de la LGCT, quien fuma en un espacio prohibido se expone a una multa de hasta 100 veces el salario mínimo. Si el incumplimiento es de la empresa (zonas para fumar que no cumplen, o no hacer respetar el espacio libre de humo), la multa va de 1,000 a 4,000 veces, y se duplica si hay reincidencia en un año (artículo 49). Estas cantidades hoy se calculan en UMA. Las verificaciones las realizan la COFEPRIS y las comisiones estatales de protección contra riesgos sanitarios.
¿Tu empresa todavía confunde las normas de seguridad y salud? Te puede servir: NOM-030 vs NOM-035: cuál te aplica y por qué no son lo mismo.
4. Lo que la empresa no puede hacer
Muchas empresas se equivocan en este punto, y el error puede terminar en una queja formal:
- Rechazar a un candidato solo porque fuma o vapea. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación prohíbe restringir el acceso, la permanencia o el ascenso en el empleo (artículo 9, fracción III) por cualquier motivo que anule derechos. Un examen médico evalúa la aptitud para un puesto, no los hábitos de una persona.
- Compartir el expediente médico con RH o con jefes. RH solo debe recibir el dictamen de aptitud (apto, apto con restricciones o no apto). El historial de tabaquismo es un dato de salud y es confidencial.
- Hacer pruebas de nicotina sin consentimiento ni motivo clínico. Si el médico solicita una prueba de cotinina, debe tener una justificación clínica o de seguridad y el colaborador debe estar informado.
- Revisar pertenencias personales para buscar vapeadores sin que esté previsto en el reglamento interior y sin un procedimiento claro.
Profundizamos en estos límites en Exámenes médicos laborales: lo que la ley te permite y lo que no.
Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría legal. Ante un caso concreto, consulta con tu abogado laboral.
5. Por qué importa según el puesto
La Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT Continua 2022) reportó que 19.5% de los adultos en México fuma, unos 16.6 millones de personas, y que alrededor de 1.3 millones de adultos usa cigarro electrónico. El IMSS relaciona unas 63 mil muertes al año con el tabaco. En una empresa de 100 personas es razonable esperar entre 15 y 20 que fuman o vapean.
La pregunta clínica no es si fumar o vapear hace daño. Según la OMS, el aerosol del vapeador contiene nicotina y otras sustancias tóxicas, algunas cancerígenas. La pregunta es cómo cambia el riesgo según lo que hace cada persona en su puesto:
- Exposición a polvos, humos o químicos: el tabaco suma daño pulmonar y el riesgo se multiplica.
- Trabajo en alturas o espacios confinados: la capacidad cardiovascular y respiratoria influye en la seguridad.
- Manejo de vehículos o maquinaria: las pausas para fumar y la abstinencia de nicotina pueden afectar la concentración.
- Áreas con materiales inflamables: un vapeador es una fuente de ignición, además de una infracción.
6. Qué registrar en los exámenes médicos
La Ley Federal del Trabajo obliga a los colaboradores a someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior (artículo 134, fracción X). Para que los exámenes médicos ocupacionales sirvan de algo con el tabaco y el vapeo, deben incluir lo siguiente.
Historia clínica: tabaco y vapeo por separado
- Tabaco: el índice tabáquico (cigarros al día × años fumando ÷ 20 = paquetes-año). Por ejemplo, 10 cigarros al día durante 10 años equivalen a 5 paquetes-año.
- Vapeo: el índice tabáquico no aplica al vapeador. Hay que registrar la frecuencia de uso, el tiempo usándolo, si el líquido tiene nicotina y en qué concentración, y si hay uso dual (cigarro y vapeador), que es cada vez más frecuente.
- Intentos de dejarlo y tratamientos actuales, como parches, chicles de nicotina o medicamentos.
Espirometría
Es el estudio que más información da sobre la función pulmonar real. Es prioritaria en fumadores o personas que vapean y trabajan con exposición respiratoria o hacen esfuerzo físico sostenido.
Evaluación cardiovascular
Presión arterial, frecuencia cardiaca y, según la edad y el riesgo del puesto, electrocardiograma. El tabaquismo se suma a los demás factores de riesgo; no reemplaza la evaluación general.
Seguimiento en el expediente
El valor está en comparar un examen con el siguiente. Un expediente clínico digital permite ver si la función pulmonar de un colaborador baja año con año y actuar antes de que se convierta en incapacidad.
| Tipo de puesto | Historia tabáquica y de vapeo | Espirometría | ECG |
|---|---|---|---|
| Administrativo / oficina | Sí | Según hallazgos | Según edad y factores de riesgo |
| Manufactura / producción | Sí | Sí | Según edad y factores de riesgo |
| Alturas / espacios confinados | Sí | Sí | Sí |
| Exposición a químicos, polvos o humos | Sí | Sí | Según riesgo |
| Operación de vehículos o maquinaria | Sí | Según hallazgos | Sí |
Tabla orientativa. La periodicidad y los estudios los define el médico del trabajo según el análisis de riesgos del puesto y las NOM aplicables.
7. Checklist para RH: qué hacer este mes
- Revisa que tu reglamento interior mencione explícitamente el vapeo, no solo el cigarro.
- Coloca o actualiza la señalización de espacio 100% libre de humo y emisiones, con el número de denuncia.
- Si tienes zona para fumar, confirma que esté al aire libre y cumpla las condiciones de la ley.
- Comunica la política al equipo en un tono informativo, sin señalar a nadie.
- Pide a tu proveedor médico que la historia clínica registre el vapeo por separado del tabaco.
- Verifica que RH reciba solo el dictamen de aptitud y no el expediente.
- Ofrece apoyo para dejar de fumar o vapear, por ejemplo con tu Programa de Asistencia a Empleados (PAE) o con el médico de la empresa.
El estrés es uno de los principales motivos por los que la gente fuma o vapea más. Si quieres atacar la causa y no solo el síntoma, revisa Estrés laboral: el enemigo que drena la rentabilidad de tu empresa.
8. Preguntas frecuentes
¿Es ilegal vapear en México en 2026?
No para el consumidor. La reforma de enero de 2026 prohíbe fabricar, importar, distribuir y vender vapeadores. La posesión y el consumo personal sin fines comerciales están exceptuados. Lo que sí está prohibido es vapear en espacios 100% libres de humo, como los lugares de trabajo.
¿Me pueden despedir por vapear en el trabajo?
Vapear no es por sí mismo una causa de despido. Si la empresa tiene la prohibición en su reglamento interior y el colaborador la incumple, se pueden aplicar las medidas disciplinarias previstas en ese reglamento. Cada caso debe revisarlo un abogado laboral.
¿Una empresa puede no contratarme por fumar?
Rechazar a alguien solo por fumar o vapear puede considerarse discriminación. El examen de ingreso evalúa si la persona es apta para las funciones específicas del puesto, y el hábito es un dato clínico más dentro de esa evaluación.
¿El examen médico detecta si vapeo?
Una prueba de cotinina (un derivado de la nicotina) en orina o saliva puede detectar consumo reciente, pero no distingue entre cigarro, vapeador o parche. Por eso lo más útil es una historia clínica honesta, y por eso es clave que el colaborador sepa que su información es confidencial.
¿Los vapeadores sin nicotina también están prohibidos en el trabajo?
Sí. La venta está prohibida con o sin nicotina, y la Ley General para el Control del Tabaco prohíbe las "emisiones" en espacios libres de humo, sin importar el contenido del líquido.
¿La empresa puede ver si fumo en mis resultados médicos?
No debería. RH recibe únicamente el dictamen de aptitud. El expediente clínico, incluido el historial de tabaquismo, lo resguarda el médico.
El siguiente paso para tu empresa
La ley ya es clara. Lo que marca la diferencia es contar con un equipo médico que registre bien la información, la proteja y la convierta en decisiones de prevención. En Clinix trabajamos así:
- Exámenes de ingreso, periódicos y de egreso diseñados según el riesgo real de cada puesto.
- Historia clínica que distingue tabaco, vapeo y uso dual.
- Espirometría, ECG y laboratorio integrados en un solo proceso.
- Expediente digital con seguimiento año con año y reportes de aptitud para RH, sin exponer datos clínicos.
- Médico in company para acompañar a quien quiera dejarlo.
¿Tus exámenes médicos ocupacionales ya registran el vapeo? En Clinix diseñamos tu programa de salud ocupacional según el perfil real de tu empresa.
Fuentes: Decreto de reforma a la Ley General de Salud en materia de vapeadores (DOF, 15/01/2026); Ley General para el Control del Tabaco, arts. 6, 26–29, 48 y 49; Reglamento de la LGCT; Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; Ley Federal del Trabajo, art. 134; ENSANUT Continua 2022; OMS: cigarrillos electrónicos.

